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El Tribunal Supremo en su sentencia de 19 de junio de 2018 (1051/2018) cuestiona el método de comprobación de valores utilizado por la Administración consistente en aplicar un coeficiente sobre el valor catastral del inmueble en cuestión.

Pues bien, el criterio del Tribunal no dotar de presunción de veracidad los coeficientes aplicables a los valores catastrales de los inmuebles. Recayendo, por tanto, la carga de la prueba sobre la Administración y no sobre los contribuyentes como venía siendo habitual en estos procedimientos.

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El Tribunal Supremo en su sentencia de 19 de junio de 2018 (1051/2018) cuestiona el método de comprobación de valores utilizado por la Administración.

Por tanto, será la Administración quien tenga que justificar que el valor en aplicación del coeficiente.

Ignacio Rojas

Por tanto, será la Administración quien tenga que justificar que el valor en aplicación del coeficiente (esté o no declarado en los presupuestos de la CC.AA) se corresponde con el valor real del inmueble y no con el declarado por el obligado tributario.